FATCA

(Foreign Account Tax Compliance Act)

Conozca cómo le impacta al cliente.

FATCA son las siglas en inglés del Acto para el Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras. Se trata de una legislación estadounidense aprobada en marzo de 2010, cuya intención es prevenir que los contribuyentes estadounidenses evadan impuestos utilizando cuentas financieras fuera de los Estados Unidos. Para más información sobre impacto, formularios e instrucciones para completar los mismos visite la página del Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos (IRS por sus siglas en inglés) www.irs.gov

Glosario de términos
Información de interés sobre el Notice 2024-78 publicado por el IRS

Preguntas frecuentes sobre FATCA

1. ¿Qué es FATCA y por qué necesitamos completar el TIN de los clientes US? FATCA significa Acto para el Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras, de acuerdo a sus siglas en inglés. Se trata de una legislación estadounidense aprobada en marzo de 2010, cuya intención es prevenir que los contribuyentes estadounidenses evadan impuestos utilizando cuentas financieras fuera de los Estados Unidos. FATCA aplica para Estados Unidos y todos sus territorios (Puerto Rico, Guam, Islas Samoa, Islas Marianas del Norte e Islas Vírgenes de los Estados Unidos). Nuestra institución requiere completar el TIN (No. de Contribuyente) de los clientes US, esto es el Número de Seguridad Social para personas físicas y el Número de Identificación de Empleador para personas jurídicas, de conformidad con la regulación vigente y los Acuerdos firmados entre la República Dominicana y los Estados Unidos. TIN son las siglas de Tax Identification Number, es el número que otorga el Servicio de Rentas Internas de los Estados Unidos a las personas físicas y jurídicas como identificador para sus contribuciones fiscales. En el caso de persona física el TIN es el Social Security Number (también conocido como SSN) y el Employer Identification Number (conocido como EIN) para persona jurídica.

2. ¿A quiénes impacta la ley? El Acta para el Cumplimiento Fiscal de Cuentas Extranjeras (FATCA, por sus siglas en inglés) promueve el pago de impuestos a los Estados Unidos de América y como parte de dicho proceso exige requerir a los clientes ciertas informaciones para validar si son ciudadanos o residentes estadounidenses. Este proceso impacta a:
  • Instituciones financieras de todo el mundo.
  • Personas con ciudadanía o residencia estadounidense.
  • Un poder sobre la cuenta a nombre de una persona con dirección en los Estados Unidos.
  • Empresas constituidas en los EE.UU.
  • Entidades no financieras constituidas fuera del territorio estadounidense pasivas.
  • Personas con indicios de ciudadanía estadounidense. FATCA identifica como posible indicio alguno de los siguientes personas o entidades:
    • Lugar de nacimiento en Estados Unidos.
    • Dirección postal, domicilio o teléfono en Estados Unidos.
    • Instrucciones recurrentes de transferencia de fondos a los Estados Unidos.
    • Mantener una dirección Hold Mail (para retención de cuentas) o In Care Of (por cuenta de otra persona) en los EE.UU.


3. ¿Cuándo entra en vigencia la legislación? En la República Dominicana, esta legislación entró en aplicación el 1ro de julio de 2014 para personas físicas y a partir del 1ro de enero de 2015 para empresas (personas jurídicas).
4. ¿Hay otros países que ya aplican la legislación FATCA en sus territorios? Sí, actualmente FATCA está vigente en más de 100 países, entre ellos, Canadá, España, Francia, Alemania, Inglaterra, México, Panamá, Islas Caimán y Suiza.
5. ¿Cuál es la situación de FATCA en la República Dominicana? Estados Unidos y la República Dominicana suscribieron un Acuerdo Intergubernamental (IGA, por sus siglas en inglés) el 15 de septiembre del 2016, el cual fue ratificado por el Tribunal Constitucional en fecha 09 de noviembre del año 2018. Posteriormente fue aprobado en el Senado en fecha 26 de marzo 2019 y en la Cámara de Diputados en fecha 28 de mayo 2019. Fue promulgado mediante la Resolución 191-19 de fecha 21 de junio 2019. La entrada en vigor IGA se produce a partir de la nota diplomática emitida el 17 de julio de 2019 por el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Dominicana y notificada al Gobierno de Estados Unidos. El primer reporte correspondiente a los años 2014-2018 fue realizado en 2019.
6. ¿Qué debe hacer Grupo Popular para cumplir con la regulación? FATCA exige a todas las empresas financieras dominicanas, incluido el Grupo Popular y sus subsidiarias financieras, que asuman las siguientes responsabilidades:
  • Identificar a los clientes, personas y empresas, que califiquen como estadounidenses.
  • Reportar en los plazos establecidos la información sobre los productos de depósito mantenidos por los clientes identificados como estadounidenses a las autoridades competentes.
7. ¿De qué modo le puede afectar a usted? Grupo Popular y sus filiales financieras pueden contactarle para solicitarle información adicional que permita documentar su estatus frente a la ley FATCA. Es posible que esto implique además la firma de documentos adicionales que permitan certificar su estatus como estadounidense o como extranjero para la ley.
8. ¿Cuándo se produce un cambio de circunstancias y por qué es importante notificarlo? Un cambio de circunstancia se produce cuando se genera una modificación en la información del perfil del cliente que altera su condición de residente o ciudadano estadounidense. Un ejemplo de “cambio de circunstancia” puede ser una modificación en la dirección, número de seguro social o número de teléfono que le relacione a Estados Unidos de América.

El cliente está en la obligación de notificar a su oficial de cuentas cualquier “cambio de circunstancias” dentro de los 30 días siguientes a dicho cambio y presentar algún documento que lo evidencie. Si el oficial de contacto tiene el conocimiento de algún “cambio de circunstancias”, la información suministrada anteriormente, y que sea contraria al mismo, deja de tener validez, por lo que el oficial puede solicitar que el cliente suscriba un nuevo formulario FATCA. En tal caso, el cliente tiene hasta 90 días para suscribir el nuevo formulario. No hacerlo pudiera ocasionar que el cliente se marque como no cumplidor con la normativa.
9. ¿De qué modo puede afectar a las instituciones financieras el no cumplimiento con FATCA? Las instituciones financieras que no colaboren en la aplicación de FATCA se enfrentan a posibles sanciones de parte de la Autoridad Competente.
BPD.Accessibility

Compartir en: